Tres conceptos distintos, una obligación legal inaplazable: discapacidad, enfermedad laboral y pérdida de capacidad laboral
DOI:
https://doi.org/10.63434/30730171.456Resumen
El artículo analiza el nuevo marco legal en Colombia, específicamente la Ley 2466 de 2025, que obliga a las empresas con más de cien trabajadores a cumplir con una cuota de contratación de personas con discapacidad (PCD) a partir de junio de 2026.
El autor enfatiza la urgencia de que los departamentos de Recursos Humanos y Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) distingan con precisión entre tres figuras jurídicas autónomas: la enfermedad laboral, la pérdida de capacidad laboral (PCL) y la discapacidad.
Confundir estos términos puede derivar en el incumplimiento de la norma, ya que la cuota de contratación se basa exclusivamente en la condición de discapacidad, la cual es independiente del origen de la patología (común o laboral) o del porcentaje de calificación de invalidez asignado.
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